Actualizada el 17 de septiembre de 2026Revisada el 18 de septiembre de 2026
Deducción por guardería en la renta: requisitos y cómo se aplica
La deducción por guardería en la renta es un incremento de hasta 1.000 euros al año sobre la deducción por maternidad, pensado para compensar el gasto de custodia de un hijo menor de tres años en una guardería o centro de educación infantil autorizado. No se cobra por adelantado: se solicita en la propia declaración de la renta, y los centros participan en el proceso informando a Hacienda mediante el modelo 233.
Qué es exactamente y quién puede aplicarla
El artículo 81.2 de la Ley 35/2006 del IRPF permite incrementar la deducción por maternidad en hasta 1.000 euros anuales, a razón de 83,33 euros por cada mes en que se cumplan a la vez todos los requisitos. Se suma a la deducción por maternidad general, de hasta 1.200 euros al año (100 euros al mes).
Para aplicar el incremento primero hace falta tener derecho a la deducción por maternidad. Desde el 1 de enero de 2023, según el artículo 64 de la Ley 31/2022, tienen ese derecho las madres de hijos menores de tres años que, en el momento del nacimiento, cobraban una prestación por desempleo o estaban de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad, o que se dan de alta después con al menos 30 días cotizados. Ya no hace falta trabajar de forma continuada por cuenta propia o ajena, como exigía la normativa anterior.
La deducción corresponde a la madre, salvo que haya fallecido o que la guarda y custodia sea exclusiva del padre o de un tutor. Para calcular el gasto cuenta tanto lo que paga la madre como lo que paga el otro progenitor.
Qué gastos cuentan y cuáles no
Cuentan la preinscripción y la matrícula, la asistencia en horario general y ampliado, y la alimentación, siempre que se paguen por meses completos: un mes contratado entero cuenta aunque tenga días no lectivos. El límite es el gasto anual no subvencionado que hayas pagado al centro por ese hijo, así que la parte ya cubierta por una beca o bonificación no se puede volver a sumar a esta deducción.
Lo que paga la empresa como retribución en especie exenta —lo que suele llamarse cheque guardería, regulado en el artículo 42.3.b de la misma ley— no cuenta para este incremento. Es un beneficio distinto que gestiona la empresa, no un gasto que pagues tú de tu bolsillo.
El año en que el niño cumple tres años, cuentan los gastos hasta el mes anterior a aquel en que pueda empezar el segundo ciclo de Educación Infantil.
Centro autorizado: guardería o centro de educación infantil
La Agencia Tributaria distingue, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, entre los centros de educación infantil, a los que se exige autorización educativa, y las guarderías, para las que basta la autorización para abrir y funcionar. En los dos casos el centro tiene que estar autorizado; si tienes dudas sobre el tipo de autorización de un centro concreto, puedes confirmarlo directamente con la escuela.
Cómo se aplica: casilla 0613 y modelo 233
El incremento se marca en la declaración de la renta, en la casilla 0613. Son los centros, y no las familias, quienes informan a la Agencia Tributaria de los datos de cada alumno mediante el modelo 233, que se presenta en enero del año siguiente (para el ejercicio 2025, del 1 de enero al 2 de febrero de 2026). Si el centro lo presenta, no tienes que aportar justificantes adicionales en tu declaración.
La campaña de la renta del ejercicio 2025 se presentó del 8 de abril al 30 de junio de 2026; las fechas de la campaña siguiente todavía no se han publicado. Para dudas sobre tu caso concreto, consulta el manual práctico de la Agencia Tributaria, que es quien resuelve cada caso; este texto no sustituye el asesoramiento fiscal personalizado. Si resides en País Vasco o Navarra, ten en cuenta que tienen normativa foral propia sobre este incremento, distinta de la que se explica aquí.
| Concepto | Importe o fecha |
|---|---|
| Deducción por maternidad (general) | Hasta 1.200 €/año (100 €/mes) |
| Incremento por gastos de guardería | Hasta 1.000 €/año (83,33 €/mes) |
| Casilla de la declaración | 0613 |
| Modelo 233 (curso 2025, lo presenta el centro) | 1 de enero – 2 de febrero de 2026 |
| Campaña de la Renta 2025 | 8 de abril – 30 de junio de 2026 |
Preguntas frecuentes
¿Cuenta la reserva de plaza como gasto deducible?
La norma no menciona la reserva de plaza. Lo que enumera como gastos de custodia es la preinscripción, la matrícula, la asistencia en horario general y ampliado y la alimentación pagadas por meses completos. Para cualquier concepto que no tengas claro, consulta el manual práctico de la Agencia Tributaria.
¿Puedo aplicar el incremento si mi hijo tiene una beca o bonificación?
Sí, pero solo por la parte del gasto que pagas tú y que no está subvencionada, porque el límite de la deducción es el gasto anual no subvencionado abonado al centro por ese hijo. La parte ya cubierta por la beca no cuenta de nuevo para el incremento.
¿Es lo mismo que el cheque guardería de mi empresa?
No. El cheque guardería es una retribución en especie exenta que paga la empresa directamente, mientras que el incremento por gastos de guardería es una deducción que solicitas tú en la declaración por lo que pagas de tu bolsillo. Lo que cubre la empresa por esa vía no cuenta para el límite de este incremento.
¿Tengo que guardar las facturas de la guardería?
Si el centro presenta el modelo 233 con tus datos, no necesitas aportar justificantes adicionales en la declaración. Aun así, conservar los recibos de los meses completos te ayuda a comprobar que la información coincide con la que ha declarado el centro.
El siguiente paso
Antes de aplicar esta deducción, confirma que el centro de tu hijo está autorizado como guardería o centro de educación infantil de primer ciclo. guarderiascerca.com es una web independiente y no oficial que reúne las fichas de los centros de primer ciclo por municipio: puedes consultar, por ejemplo, los de Madrid o Barcelona, o buscar directamente el tuyo en el buscador de centros. Puedes ver de dónde salen estos datos en la metodología del proyecto. Para aplicar la deducción en tu caso concreto, el trámite y la información oficiales están siempre en la Agencia Tributaria.
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Guía elaborada por Equipo editorial de Piqture New Media con fuentes oficiales enlazadas en el texto. GuarderiasCerca.com no es una web oficial: comprueba siempre las fechas y requisitos en la web de tu comunidad.